MANABÍ |Sentencian a exalcalde y exsecretario de Junín. Concejales cobraron dieta sin haber asistido a sesiones.

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La Fiscalía provincial de Manabí obtuvo la tarde del viernes 29 de noviembre, sentencia condenatoria por el delito de peculado, en calidad de autores, contra el exalcalde de Junín, Luis Wilfrido M. G., y el exsecretario del Cabildo, Efrén Arturo N. P., tras haber confirmado responsabilidades y un presunto perjuicio al Estado de 166.906 dólares, durante el período de gestión 2007-2010, informó la Fiscalía General del Estado en un boletín de prensa.

Así lo dispuso el Tribunal Penal de esta provincia, conformado por los jueces José Ayora, Franklin Roldán y Gina Mora, quienes acogieron las pruebas testimoniales y documentales presentadas por la fiscal provincial de Manabí, Karla Vélez Vélez.

Entre estas pruebas destaca el informe con indicios de responsabilidad penal y el examen especial de la Contraloría General del Estado, durante el período de gestión y en el que existiría un perjuicio al Estado ecuatoriano por 166.906 dólares, por supuestas irregularidades en el pago de dietas a concejales, sin que hayan asistido a las sesiones de Concejo o que estas se hayan realizado.

Además se evidenciaron observaciones a las cuentas de disponibilidad (ingresos y gastos), de remuneraciones, anticipos de fondos, cuentas por cobrar y pagar, bienes de administración y el análisis presupuestario del Gobierno Municipal Autónomo de Junín.

A ello se sumaron los testimonios de cuatro personas, entre ellas, la de la perito contable y la de la funcionaria de la Contraloría General del Estado, así como los peritos de Criminalística de la Policía Nacional, que participaron en el reconocimiento de la evidencia física (libro de actas de las sesiones de Concejo) y el del lugar de los hechos.

El Tribunal Penal, además de la pena impuesta, emitió una multa contra los dos procesados por igual valor al perjuicio económico ocasionado: 166.906 dólares. También ratificó el estado de inocencia de otras dos procesadas, Mónica R. M. y Frella G. C., directora financiera y tesorera, respectivamente, de este Gobierno Autónomo Municipal.

Dato jurídico

Fiscalía los procesó según lo dispuesto en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que dice: los servidores y las personas que actúan en virtud de una potestad estatal, en beneficio propio o de terceros, abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos o privados, serán sancionados con pena privativa de libertad de diez a trece años.

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